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QUIERO TRABAJAR EN OTROS PAÍSES...

¿QUIERES TRABAJAR EN EUROPA?

Si quieres trabajar en Europa, ¡anímate!. Gracias a la ley de libre circulación de trabajadores en los países de la Unión Europea es un derecho fundamental, que permite a sus ciudadanos trabajar y establecerse libremente, sin necesidad de permiso de trabajo, en cualquier país miembro, garantizando igualdad de derechos con los nacionales de dicho país.

1º. DEBES TENER EN CUENTA ALGUNOS DETALLES:

Al buscar empleo en el exterior, ten en cuenta algunos detalles previos a tu marcha.

  1. Hablar el idioma del país con la suficiente fluidez para desempeñar el puesto de trabajo.
  2. Que tus calificaciones y/o títulos profesionales estén reconocidos en el país a donde se quiere ir. A veces es necesario solicitar la homologación de los mismos a efectos profesionales, ante los organismos competentes de cada Estado de acogida. Puedes obtener más información al respecto en el Ministerio de Educación y Cultura.
    Subdirección General de Títulos, Convalidaciones y Homologaciones.
    Paseo del Prado, 28 - 28014- Madrid · Telef. 91 506 56 00 - Fax: 91 506 57 06
  3. Poseer suficiente información del país al que viajas en cuanto a trámites generales de residencia, condiciones de vida, de trabajo, alojamiento, impuestos, asistencia sanitaria, etc... Puedes dirigirte para más información a el INEM local de tu comunidad autónoma:

2º. CONSIGUE TU PERMISO DE RESIDENCIA

Como ciudadano de un país de la UE puedes residir en cualquiera de ellos con ciertas limitaciones. Si tienes la intención de permanecer más de 3 meses (o más de 6, según el país), debes solicitar un permiso de residencia en los servicios administrativos competentes del país en cuestión.
Este permiso se garantiza a todos los trabajadores autónomos o por cuenta ajena, sin embargo en el caso de que seas estudiante, este permiso esta condicionado a que se pueda demostrar que tu residencia en el país no suponga una carga económica y/o social para el país de acogida.
Si decides buscar trabajo en otro país no podrán exigirte que lo abandones si demuestras que buscas activamente empleo y que tienes posibilidades de encontrarlo, aunque hayan finalizado los plazos establecidos.

3º. LA SEGURIDAD SOCIAL EN EL EXTRANJERO

En principio, estás asegurado en el país en el que trabajas. Toda persona tiene derecho a recibir el mismo trato en materia de seguridad social y puede recibir las mismas prestaciones que los ciudadanos del país de acogida.

  Si estas recibiendo prestaciones o subsidio por desempleo, puedes exportarlas para buscar un trabajo durante un período máximo de 3 meses (salvo en Italia y Portugal en que el periodo equivaldrá al total de la prestación). Para ello se te exigirá haber estado a disposición del Servicio Público de Empleo del país de origen, al menos durante 4 semanas, y comunicar al mismo la fecha real de tu partida e inscribirte en el Servicio Público de Empleo del país de destino en un plazo de 7 días.

Deberás llevar contigo el formulario E-303 que te expedirá el Servicio de Empleo. Debes tener en cuenta que los trámites pueden tardar en algunos países hasta 2 meses. Por último debes solicitar el formulario E-301 antes de salir del país en el que has trabajado, a fin de que los periodos cotizados puedan tenerse en cuenta para el cálculo de futuras prestaciones.

4º. ¿DEBES PAGAR IMPUESTOS?

No existe legislación comunitaria específica en materia de impuestos, si bien se ha cuidado evitar la doble imposición de las rentas de las personas que tienen ingresos procedentes de diferentes países y la no discriminación con respecto a los nacionales. Habitualmente se tributará en el país donde se tenga la residencia fiscal.
Para más información puedes dirigirte a las siguientes oficinas:

Agencia Estatal de la Administración Tributaria.
Guzmán el Bueno, 139 - 28071 MADRID
Teléfonos: centralita 91 582 67 67 - oficina contribuyente 91 582 66 99

Dirección General de Aduanas
Guzmán el Bueno, 137 - 28071 MADRID
Teléfono: 91 554 32 00


5º. ¿QUÉ ES LO QUE NO DEBES OLVIDAR?

Si sales al extranjero para buscar trabajo o para una entrevista de selección:

  • Pasaporte o DNI en vigor.
  • Traducción certificada de tus títulos académicos.
  • Curriculum vitae traducido, cartas de presentación y de referencia de otros empleos, títulos académicos y cursos.
  • Formulario E-111 ó E-119 expedido por la Seguridad Social para asistencia sanitaria en el UE. Formularios E-301 y /o E-303, cuando proceda.
  • Fotocopia de la partida de nacimiento y libro de familia.
  • Varias fotografías de carnet.
  • Otros permisos y licencias que considere adecuados (carnet de conducir...).
  • Dinero para los primeros gastos (alojamiento, desplazamientos, manutención...).

6º BUSCANDO TRABAJO EN LA UNIÓN EUROPEA

La base de datos EURES de la Unión Europea, oferta puestos vacantes para ciudadanos europeos.También puedes encontrar ofertas de trabajo en el extranjero AQUÍ.

¿QUIERES TRABAJAR EN UN PAÍS FUERA DE LA COMUNIDAD EUROPEA?

Si quieres trabajar en un país fuera de la Comunidad Europea, contacta con La Dirección General de Ordenación de las Migraciones.Esta organización tiene establecida una base de datos, "Registro de Demandantes de Empleo en el Exterior" (REDE), donde pueden inscribirse, aquellas personas que deseen trabajar en países que no pertenecen a la Unión Europea, (o Espacio Económico Europeo, EEE).Esta organización recibe distintas ofertas de empleo de dichos países y además fija y distribuye por sectores y zonas geográficas el número de autorizaciones para el empleo de extranjeros no pertenecientes a la Unión Europea.

Para más información dirígete a esta organización:

Dirección General de Ordenación de las Migraciones
Paseo Pintor Rosales, nº 44-46 - 28008 Madrid
Teléfono: 91 3477168, centralita: 91 3479000

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