El Tribunal Constitucional ha decidido levantar la suspensión
que pesaba sobre el artículo de la Ley del Sistema Universitario
Vasco que permite expedir "títulos propios de las universidades
reconocidos por la Comunidad Autónoma" o por otras CCAA
mediante los correspondientes convenios.
En un auto del que da cuenta el Boletín Oficial del Estado, el Tribunal mantiene, por el contrario, en suspenso el resto de los artículos que impugnó el Gobierno central.
El Ejecutivo decidió el pasado mes de junio recurrir contra varios preceptos de la norma autonómica por entender que contiene una posible extralimitación competencial por parte del Parlamento Vasco en perjuicio de la competencia básica que tiene atribuida el Estado en relación con el ámbito universitario e investigador.
En julio, el Tribunal Constitucional admitió a trámite el recurso, lo que supuso la suspensión temporal de los artículos impugnados que se refieren, entre otros asuntos, al cómputo del porcentaje de profesores doctores que debe haber en las Universidades privadas y al método de evaluación de la capacidad del personal docente para acceder a la condición de profesor agregado y adjunto.
También quedaron suspendidos artículos referidos a la posibilidad de expedir "títulos propios de las Universidades reconocidos por la Comunidad Autónoma", la competencia exclusiva del Parlamento vasco para crear o suprimir Universidades públicas o reconocer Universidades privadas y el régimen legal de sucesión en los contratos laborales del profesorado ya existentes.
El TC, transcurrido el plazo legal de que dispone para ello, ha revisado ahora la suspensión de esos artículos y ha acordado levantarla sólo en lo referente al 46.1C) y d), que regula la posibilidad de extender títulos propios de las universidades reconocidos por la Comunidad Autónoma o por otras CCAA.
El resto de los artículos de la ley vasca que fueron impugnados por el Gobierno seguirán suspendidos en su aplicación hasta que el Tribunal dicte sentencia sobre el fondo del asunto.